1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la legislatura sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al empresario para la subsanación de las deficiencias observadas, salvo que por la agravación e inminencia de los riesgos procediese decidir la paralización prevista en el https://ambrosek035tyd5.techionblog.com/profile