6.º Tanto en los locales de descanso como en los espacios mencionados en el apartado antecedente deberán adoptarse medidas adecuadas para la protección de los no fumadores contra las molestias originadas por el humo del tabaco. 7.º Cuando existan dormitorios en el sitio de trabajo, éstos deberán reunir las condiciones https://rickeyd692imr0.howeweb.com/profile